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Régimen de zona franca en Colombia: la ventaja estructural que protege a su empresa en 2026

Zonas Francas y Régimen Franco
julio 3, 2026

Desde Zona Franca Parque Central venimos siguiendo de cerca dos señales que ninguna empresa con operación de comercio exterior en Colombia debería ignorar: la tasa de interés del Banco de la República subió a 12%, y Estados Unidos evalúa un arancel adicional para productos colombianos bajo la Sección 301 de su Trade Act. En ese contexto, queremos compartir por qué, para nosotros, el régimen de zona franca dejó de ser solo un beneficio tributario y se convirtió en una decisión de arquitectura operativa.

Esto es lo que consideramos que toda empresa exportadora, importadora o en proceso de relocalización debería tener claro antes de decidir dónde y cómo estructurar su operación en Colombia.

¿Qué es una zona franca y por qué importa hoy?

Una zona franca es un área geográfica del territorio colombiano que opera bajo una normativa aduanera y tributaria especial, diseñada para incentivar la industria, el empleo formal y la inversión extranjera. Las mercancías que entran o salen de una zona franca no se consideran, para efectos legales, una importación o exportación tradicional, lo que simplifica trámites y reduce costos.

En un año donde las tasas de interés están al alza y persiste la incertidumbre arancelaria internacional, esa simplificación deja de ser un detalle operativo y se convierte, en nuestra experiencia, en una ventaja competitiva medible para las empresas que operan con nosotros.

Los beneficios concretos del régimen franco

  • Impuesto de renta al 20% para usuarios industriales calificados de zona franca, frente al 35% de la tarifa general del régimen ordinario (Art. 240 y 240-1 del Estatuto Tributario) [Fuente 1].
  • Exención de aranceles e IVA en la importación de materias primas, insumos y bienes de capital destinados a la actividad de la zona franca, conforme a la normativa aduanera colombiana [Fuente 2].
  • Exención de IVA en compras calificadas realizadas dentro del territorio nacional para el desarrollo del objeto social, bajo las condiciones del régimen franco [Fuente 2].
  • Simplificación de trámites aduaneros, con procesos de nacionalización parcial cuando la operación lo requiere [Fuente 2].
  • Un punto que siempre aclaramos a las empresas que nos consultan: la tarifa del 20% aplica solo a los ingresos generados desde la zona franca; los ingresos que la misma empresa genere en territorio aduanero nacional tributan a la tarifa ordinaria del 35% [Fuente 1]. Adicionalmente, como usuarios de zona franca estamos sujetos a la Tasa Mínima de Tributación del 15% sobre la utilidad contable depurada [Fuente 1].

Por qué el momento importa: tres señales que se cruzan en 2026

  1. Presión arancelaria internacional. La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) publicó el 3 de junio de 2026 el informe final de su investigación bajo la Sección 301 de la Trade Act de 1974, que concluyó que Colombia —junto con 53 países más— no cuenta con controles suficientes sobre bienes producidos con trabajo forzoso, lo que abre la puerta a un arancel adicional del 12,5%; la consulta pública sobre esta medida cierra el 6 de julio de 2026 [Fuente 3]. Esa tarifa propuesta para Colombia es 2,5 puntos porcentuales más alta que la prevista para competidores regionales directos como México, Ecuador y Canadá, ubicados en la categoría del 10% [Fuente 3]. Independientemente de cómo se resuelva, el mensaje que transmitimos a las empresas que nos consultan es el mismo: la trazabilidad documental y el control aduanero certificado ya no son opcionales.
  2. Costo de capital más alto. El 30 de junio de 2026 la Junta Directiva del Banco de la República subió su tasa de interés de referencia 75 puntos básicos, hasta 12% [Fuente 4]. Con el costo de capital en ese nivel, vemos que cada vez más empresas prefieren no inmovilizar recursos en la compra de infraestructura industrial y optan por nuestros modelos de bodegas Built-to-Suit (BTS).
  3. Año de transición política. 2026 es año de relevo presidencial en Colombia. En ese contexto, nos apoyamos en la predictibilidad regulatoria del régimen franco —vigente desde hace más de una década, con las modificaciones introducidas por la Ley 1819 de 2016 y la Ley 2277 de 2022— como un ancla de estabilidad frente a la incertidumbre de corto plazo [Fuente 1].

Zona Franca Parque Central: el régimen franco en operación real

En Zona Franca Parque Central (ZFPC), ubicados en Turbaco, Bolívar, a 13 km del Puerto de Cartagena —reconocido como el tercer puerto más eficiente del mundo—, somos hoy la plataforma de 56 empresas usuarias que generan más de 2.500 empleos formales.

A los beneficios del régimen franco, sumamos:

  • APPOLO, nuestro sistema propio de automatización logística, con el que reducimos en 67% el tiempo de procesos de ingreso y salida de mercancías.
  • YurbaQua, nuestra planta solar flotante sobre el reservorio del parque, con 2.500 paneles instalados en ruta hacia 2,8 MW de capacidad.
  • Bodegas y lotes flexibles, desde 1.100 m² hasta 15.000 m², con proyectos Build-to-Suit que diseñamos a la medida de cada operación.

Para las empresas que hoy evalúan nearshoring hacia Estados Unidos, Centroamérica o Europa, creemos que esa combinación de régimen franco, infraestructura y tecnología propia es lo que convierte una ventaja normativa en una ventaja operativa real.

Preguntas frecuentes sobre el régimen de zona franca en Colombia

¿Qué diferencia a una zona franca de una operación normal en Colombia?

La principal diferencia es el tratamiento tributario y aduanero: las zonas francas aplican una tarifa de renta preferencial del 20%, exoneran de aranceles e IVA la importación de bienes para la operación, y simplifican los trámites aduaneros frente al régimen ordinario.

¿Cualquier empresa puede instalarse en una zona franca?

Sí, siempre que cumpla los requisitos de calificación como usuario industrial o comercial establecidos por la normativa colombiana (inversión mínima, generación de empleo, entre otros), que varían según el tipo de zona franca y actividad. En nuestro caso, acompañamos a cada empresa interesada durante todo ese proceso de calificación.

¿El régimen franco protege ante posibles aranceles de Estados Unidos?

El régimen franco no elimina la exposición arancelaria de un producto al llegar a otro país, pero sí fortalece los elementos que reducen el riesgo: trazabilidad documental, control aduanero certificado y procesos auditables, que son precisamente los puntos que hoy exige la política comercial estadounidense y que promovemos entre nuestras empresas usuarias.

¿Es necesario exportar el 100% de la producción para operar en zona franca?

No necesariamente. La normativa vigente permite distintos esquemas de nacionalización parcial, dependiendo del tipo de zona franca y del plan de la empresa; en ZFPC recomendamos evaluar cada caso con nuestro equipo y con asesoría especializada.

¿Cómo empiezo a evaluar si mi empresa debería operar en zona franca?

El primer paso es un diagnóstico de su operación actual: volumen de importación/exportación, estructura de costos y plan de crecimiento. Nuestro equipo puede acompañarlo en ese análisis inicial sin costo.

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